+ Se realizarán el martes el 14 de febrero y no tendrán costo para las parejas contrayentes

Como parte del programa de Regularización del Estado Civil de las Personas, el Ayuntamiento de Villa de Álvarez, el DIF Municipal y el Patronato de los Festejos Charrotaurinos realizarán la jornada “Matrimonios Colectivos 2023” en la Plaza de Toros La Petatera.

A iniciativa de la Alcaldesa Tey Gutiérrez, el Cabildo Villalvarense aprobó realizar los “Matrimonios Colectivos 2023” el próximo martes 14 de febrero en las instalaciones de La Petatera a partir de las 8:30 de la mañana, que no tendrá costo para los contrayentes.

La Presidenta Municipal explicó que el programa de Regularización del Estado Civil de las Personas del DIF Villa de Álvarez, con la jornada de “Matrimonios Colectivos 2023”, busca brindar certeza jurídica en cuanto a la convivencia y el patrimonio inherente en la conformación de las familias villalvarenses.

Aclaró que en beneficio de las parejas del municipio, a quienes participen en esta jornada no les representará ningún gasto económico, pues el Cabildo de Villa de Álvarez aprobó la tarifa cero para el pago de su matrimonio.

Las personas de Villa de Álvarez que estén interesadas en regularizar su estado civil, deberán presentar su documentación en las instalaciones del DIF Municipal de Villa de Álvarez, en horario de 8:30 a 15:00 horas.

La documentación a presentar es la siguiente:

1.- Acta de nacimiento original y tres copias de cada contrayente, que sean legibles, sin tachaduras y enmendaduras.

2.- Certificados médicos prenupciales de cualquier institución de salud oficial.

4.- Constancia de pláticas prenupciales que serán impartidas en el Auditorio del DIF Municipal el jueves 9 de febrero a las 10:00 horas y 17:00 horas.

5.- Constancia de soltería, que se expide en el lugar en donde están registrados, requisito que aplica sólo en caso de no estar registrados en el municipio de Villa de Álvarez.

6.- Copia de identificación oficial vigente de los contrayentes.

7.- Si alguno de los contrayentes fue casado o casada, presentar acta de divorcio original.

8.- Si alguno de los contrayentes es viudo o viuda, presentar acta de defunción original y una copia de identificación del cónyuge fallecido.

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