Este lunes 5 de febrero es considerado como día de descanso obligatorio, de acuerdo a lo que establece el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que las y los trabajadores, que previa negociación con patrones, brinden sus servicios ese día, deberán recibir el doble de su salario por esa jornada laboral, informó el titular de la Subsecretaría del Trabajo del Gobierno del Estado de Colima, Francisco Javier Pinto Torres.
El funcionario estatal agregó que el propio Artículo 73 de la citada ley, establece que, si bien las personas trabajadoras no están obligadas a prestar servicios en sus días de descanso, si previamente negocian y dialogan entre patrones y trabajadores, pueden laborar, sabiendo que recibirán el pago doble por esta jornada.
Javier Pinto recordó que, por la vocación turística de la entidad, existen giros donde se prestan servicios y es necesario que parte del personal labore, pero enfatizó que todo esto se logra previa negociación, puesto que no se les puede obligar a laborar en sus descansos.
Sobre el pago que les corresponde, ejemplificó que, si un trabajador recibe como salario diario 100 pesos, deberá recibir 200 pesos más, lo que sumaría un monto de 300 pesos por trabajar en este tipo de fechas.
El subsecretario del Trabajo mencionó que los siguientes días de descanso obligatorio serán el lunes 18 de marzo, miércoles 1 de mayo, domingo 2 de junio (por la jornada electoral), lunes 16 de septiembre, martes 1 de octubre (por la transición del Poder Ejecutivo), lunes 18 de noviembre y miércoles 25 de diciembre.
Finalmente invitó a quienes tengan dudas al respecto acudir a calle Aniceto Castellanos #231, colonia San Pablo, en la capital del estado; en Tecomán, calle Hidalgo s/n (a un costado de la Presidencia Municipal, y en Manzanillo, al Complejo Administrativo de Seguridad, Cuarto Módulo; de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.